Quito (Pichincha).- Con 71 votos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos que tiene el propósito de establecer procedimientos opcionales de solución de conflictos que pongan fin a las controversias existentes o que pudieren existir.
Con esta Ley, también, se puede proceder a la ratificación de los límites preexistentes que cuentan con sustento jurídico, técnico y social respecto de los cuales no existe controversia; y, reglas sobre la definición limítrofe de las circunscripciones territoriales que se crearen.
Así, en la solución de conflictos se establecen procedimientos amistosos que comprende la negociación directa, la mediación a cualquier otro medio a través de los cuales, las autoridades y poblaciones de las circunscripciones territoriales que mantienen conflictos de límites y/o de pertenencia, incluidas las circunscripciones indígenas, afroecuatorianas y montubias pueden alcanzar soluciones consensuadas.
Además, a través del proyecto se determina que en caso de conflictos de límites entre circunscripciones indígenas, afroecuatorianas y montubias, los procedimientos amistosos incluirán aquellos que determinen sus propias formas de convivencia, derecho propio o consuetudinario.
También, se determinan procedimientos institucionales (como la consulta popular y aquellos que se llevan a conocimiento de los concejos o del Presidente de la República) en el ámbito de sus competencias, o ante un árbitro, para que se emita un dictamen o laudo obligatorio, según el caso, que ponga final al conflicto de límites.
La presente Ley reconoce, convalida y ratifica todos los límites territoriales internos respecto de los cuales no se ha presentado controversias, así como la base jurídica y demás fundamentos que sustentaron el establecimiento de dichos límites.
Con la aprobación de la Asamblea, los gobiernos descentralizados cantonales tendrán competencia para resolver los conflictos de límites internos que se presenten entre las parroquias rurales de su circunscripción, sin perjuicio de la solución amistosa a la que éstas puedan llegar.
Por su parte, los gobiernos autónomos descentralizados (en materia de fijación de límites internos que les compete negociar o resolver) contarán con la asistencia técnica del IGM y con el informe técnico y jurídico del Comité Nacional de Límites Internos, sin el cual ninguna resolución u ordenanza tendrá el valor jurídico.
Finalmente, la Ley establece que el Comité Nacional de Límites Internos es un organismo técnico, de derecho público, adscrito al Ministerio que el Presidente de la República disponga, con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera que deberá presentar al Jefe de Estado los informes técnicos razonados de delimitación territorial que servirán de base para la resolución que éste debe dictar, de conformidad con esta Ley.
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|2013-03-01 06:16:43 sara patiño - MANGA DEL CURAQué buena noticia, ojalá que con esta Ley se ponga fin a la controversia que existe en la Manga del Cura por sus límites, ( ó de la Prov. del Guayas o de Manabí) y de esta manera se beneficie a la población con obras como carreteras asfaltadas y el ansiado Puente sobre el embalse, que desemboca en la represa Daule-Peripa, que buena falta hace a los agricultores para poder sacar sus productos de forma rápida, ya que tienen que trasladarse sobre una gabarra para venderlos.
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|2013-02-27 13:15:27 José Bedoya - Fin de controversias limitrofesYa era hora de acabar con este tipo de controversias, producto de imprecisiones de todo tipo y aprovechadas por falsos patriotas para alentar protestas o conseguir votos, sin pensar en que el territorio nacional es uno solo, que las acciones de desarrollo son en su mayoría propuestas regionales y no locales; además de lo vacío de los argumentos.







